Préstamo hipotecario
Préstamo hipotecario: es lo común, la entidad te deja una vez una cantidad de dinero y tú se lo devuelves poco a poco, con la vivienda como garantía. Puede subrogarse a otra entidad.
Crédito hipotecario: en este caso, la entidad lo que hace oficialmente es poner a tu servicio una línea de crédito de la que tú puedes sacar el dinero cuando lo necesites y lo vas devolviendo según tus posibilidades (con unos límites, claro), pero tienes posibilidad de, por ejemplo, pagar la casa, a los 5 años sacar dinero para comprar un coche, a los 3 años sacar dinero para las vacaciones, para comprar flores a la pareja… Claro, lo más habitual es que la gente NO haga eso. Firman su crédito hipotecario pensando que es una hipoteca normal, pagan su vivienda y a pringar con la cuota, como todo hijo de vecino. A la hora de tratar de mejorar las condiciones en otra entidad, descubrem que no se pueden subrogar.
¿Por qué?
Pues porque la subrogación es para préstamos hipotecarios, no para créditos. Es como si, por ley, el producto del crédito fuese considerada una commodity, un producto de lujo, que vas a contratar para lo que comentábamos antes (operar al perro, hacer un cenador en el jardín, irte a las Bahamas…). Claro, pero en la entidad nadie te lo explicó así.
La única alternativa está en un cambio de hipoteca, que suele tener el triple de costes de gestión que una subrogación.
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[...] realizadas. Por lo que antes de entrar en detalles podemos destacar que no estamos hablando de un préstamo, sino de una línea de crédito con garantía hipotecaria. Son conceptos [...]
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