TAE (Tasa Anual Equivalente)
Tasa Anual Equivalente o Tasa Anual Efectiva. Presente por ley (por suerte) en todos los anuncios de hipotecas, préstamos y depósitos. Es la cifra que nos permite comparar de un modo más adecuado ofertas de distintas entidades. Tiene en cuenta no sólo el interés (interés nominal), sino también las comisiones, los productos que obligan a contratar, el plazo…
En esencia, es el tipo de interés que pagaríamos (o recibiríamos, según el producto) si el plazo fuese de un año. Es como una cifra de referencia para comparar ofertas y evitar que nos engañen con intereses pequeños y grandes comisiones.
En préstamos e hipotecas es fundamental. El interés que anuncian en letras grandes no se corresponde con lo que realmente pagaremos, pues hay que tener en cuenta comisiones de estudio y de apertura, seguro de hogar, seguro de vida… La TAE los tiene en cuenta y te dice: “con esta hipoteca de tales condiciones, el interés equivalente, contando con todos esos condicionantes, es… x%”.
En depósitos es lo mismo pero un poco más lioso. En este caso, no por casualidad, las entidades suelen destacar la TAE. ¿Por qué? Pues porque suele ser más alta que el interés nominal, que habitualmente es lo que cobraremos. Esto es así porque la TAE nos indica lo que ingresaríamos si el depósito se mantuviese contratado con esas condiciones todo un año. Pero en muchos casos el producto no llega a 12 meses, o incluso cambian el interés cada mes.
Por ejemplo: depósito 10% TAE a un mes. Significa que cobraríamos 10% de lo que invirtamos si lo mantuviésemos 12 meses. Pero como sólo es un mes, sería 10% / 12. Sin embargo, no es así (he aquí lo lioso del asunto). En los depósitos, hay un parámetro que lo modifica todo: cada cuánto se liquidan intereses. Si sólo nos pagasen los intereses al acabar el año, la división anterior sería cierta. Pero ¿qué pasa si nos ingresan beneficios cada mes? Pues que al segundo tendríamos que aplicar el interés sobre la cantidad inicial + los intereses del primer mes. Y al tercero, se aplicaría sobre la cantidad inicial + los intereses del primer mes + los del segundo, que ya serían un poco mayores… En consecuencia, descubrimos que para prometernos el 10% TAE a un mes, sólo tienen que pagarnos, de verdad de la buena, un interés del 9,57% (dividido entre 12 meses). Pues “si nos aplicasen ese interés doce meses”, acabaría resultando el 10% TAE.
En conclusión, si no queréis liaros (que es lo más probable), en los depósitos buscad el interés nominal (para dividirlo entre 12 meses y multiplicarlo por el número de mensualidades que se aplique ese tipo). En préstamos e hipotecas, siempre SIEMPRE usad la TAE. Bueno… siempre que sean al mismo plazo… y salvo para comparar hipotecas de tipo fijo frente otras de tipo variable, que básicamente no se pueden comparar. Sí, un lío. Espero haber aportado más luz que sombras sobre el concepto.
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