Cómo se cobran los 400 euros

Cómo se cobran los 400 euros (pedrosolbes_270508)Para ser una ayuda, en menudo lío la han envuelto. El cheque de 400 euros que prometió José Luis Rodríguez Zapatero antes de las elecciones se convirtió en realidad, pero en las empresas se está perdiendo bastante tiempo en descubrir cómo hacerla efectiva. Al final, va a perderse más en productividad que lo que se ganará en estímulo de la economía.

Lo más básico es esto:

  • Se cobran 200€ en la nómina de junio y los otros 200€ repartidos en las otras seis nóminas hasta final de año.
  • Se beneficiarán los asalariados, pensionistas y autonónomos que tributen por lo menos 400€ al año de IRPF (es una devolución; no pueden devolverte si no has aportado).
  • Si no tributas los 200€ en un sólo mes, en vez de darte los 200€ juntos en junio, te los repartirán a lo largo de los otros meses hasta fin de año.
  • Las empresas contarán con un programa colgado de la web la Agencia Tributaria a partir del 4 de junio y podrán preguntar sus dudas durante los siguientes 15 días.
  • En el caso de los autónomos, como pagan trimestralmente, deben rebajar 200€ de su declaración en julio y otros 100€ tanto en la declaración de octubre como en la de enero de 2009.

Más información: El País y La Moncloa.

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Comentarios

¿Qué pasa si estás trabajando en dos empresas simultáneamente? ¿Te pagarán 800 Euros?

una buena pregunta, maría jesus. temo que no. se paga y se reciben bonificaciones de modo personal, por volumen de ingresos. no creo que el número de nóminas cambie nada. lo interesante es preguntarse en qué nómina te harán el descuento. se supone que deberían repartírselo… a las empresas al fin y al cabo les da lo mismo, pues es dinero que no les pertenecía en cualquier caso: o nos lo dan a nosotros o al Estado…

No acabo de entender como va esto. Me podeis resolver esta duda? Mi madre trabaja como educadora en una guarderia privada y le han dicho que ellos no le tienen que dar los 400euros.

El gobierno dice que los 400euros son para los trabajadores pero este como los recibe, o a caso los intermediarios, en este caso los empresarios se quedan con estos, que lo dejen claro porfavor.

a ver si me aclarais la duda, y gracias!!

hola ian,
es un poco complejo pero, en esencia, no es que “nos den” algo sino que “no nos lo quitan”. en la nómina tenemos un salario bruto (lo que la empresa paga), de lo que parte se destina a Hacienda.

no conozco el caso, pero puede que los jefes de tu madre se refieran a que no son “ellos” los que se los dan. en el sentido de que no tienen que pagar nada a mayores, sólo repartirlo de forma distinta. en vez de darle 1200 a tu madre y 300 al Estado, por un suponer, en junio deberían darle 1400 a tu madre y 100 al Estado.

otra cosa es que tu madre trabaje sin contrato (que no parece el caso), o que tenga un salario tan bajo que no declare lo suficiente a hacienda. tendrías que dar más información.

importante: no es un cheque, es una devolución. si no damos, no nos pueden devolver. espero haberte servido de algo… saludos

Buenas,
Buscando por la Red, he encontrado su página y añadida a favoritos por su información…

Desearía preguntarle si existe alguna opción para renunciar al anticipo de los 400EUROS a favor de recibirlos al realizar el ejercicio 2008 de Renta el año que viene… ya que mi empresa me prorratea el sueldo por horas y corren ellos con la retención a pagar a Hacienda, con lo que esos 400EUROS serían dinero que se ahorrarían ellos de pagar al Fisco…

Entiendo que al ser un “anticipo”, existirá también la opción de “no anticiparlo”… o estoy equivocado?

Saludos y muchas gracias
David

Gracias Banqueando si me has ayudado, yo almenos lo he entendido mejor, haber si los jefes lo entiendo supongo que si.

Y lo dicho gracias.. XD

chapas: dudo mucho que se pueda hacer lo que comentas. lo de que la empresa “corre con los gastos de la retención a pagar a Hacienda” es cierto. pero con esta situación, lo que tiene que hacer es, en vez de pagárselo al Estado, pagártelo a ti. Hacienda da el anticipo y el modo de anticiparlo… lo siento, :(.

ian, mucha suerte con lo de tu madre!

Vamos a ver, o estoy equivocado o esto de los 400 euros es un engaño manifiesto, porque yo creo que de ningún modo vamos a cobrar 400 euros más sino que, únicamente, los cobraremos de modo anticipado.

Me explico: los 400 euros que mi empresa me va a pagar hasta final de año, son una cantidad que no me va a retener de mi nómina, por lo tanto en el certificado de IRPF del 2008 aparecerán 400 euros menos en concepto de retenciones que lo me hubieran retenido de no estar en vigor esta medida. Esto quiere decir que si el año que viene Hacienda me tenía que devolver 1000 euros, sólo me devolverá 600 porque 400 ya los habré cobrado. O dicho de otro modo, a alguien que le saliera a devolver 100 euros, lo que tendrá que hacer es pagar 300 al haber cobrado 400 anticipadamente.

Si esto es como yo pienso, se trata de un engaño manifiesto porque lo único que ocurre es que vamos a cobrar los famosos 400 euros anticipadamente pero, en ningún caso, se trata de 400 euros adicionales a añadir a la posible devolución de IRPF que nos correspondiera o a descontar, en su caso, de la cantidad a pagar a Hacienda.

Si estoy en un error que alguien me corrija, por favor. Lo agradecería.

Un saludo.

@AMUVEL: Habrá una casilla en la Declaración del 2008 en la que se tenga en cuenta esto: si los has cobrado o si no los has cobrado (creo que en el PADRE de este año ya aparecía pero sin posibilidad de habilitar…)

Con lo que no se tendrán en cuenta esos 400EUR en la devolución total

@BANQUEANDO: Gracias por la info… en principio mi empresa me ha comentado que me sumará las cantidades pertinentes a mi nómina, con lo que no habrá ningún problema… pero me planteo como solución, el comentar a la Administración que no te devuelvan esos 400EUR pues te los van a devolver en “otra empresa en la que también trabajas” y luego deducirlos de las retenciones al hacer la renta 2008 (es un poco trampa, y supongo que no será LEgal hacer esto….)

Saludos
chapas

@chapas: y si ya los he cobrado ¿qué pasará? Pues pasará que el único beneficio que obtendré es haberlos cobrado unos meses antes, pero no creo que vaya a cobrar 400 euros más.

La verdad es que es divertido.
Al ser una reducción de la retención, se realiza sobre los porcentajes de retención del IRPF, por lo que a partir de ahora no tendremos el mismo porcentaje de retención.
Me explico: Normalmente las personas estamos agrupadas en tablas de retención. Es decir: Si ganas entre X e Y, te aplican un 10% de retención (si tienes hijos, cambiaría), si ganas entre Y y Z, te aplican un 11%, y así sucesivamente.

Sin embargo, ahora lo que han pedido que se haga es un cálculo mensual de cuánto te tendrían que pagar y cuanto te tendrían que retener. Es decir, que si te tendrían que retener un 11%, te quitan estos 33,33 (200/6) Euros de la retención, y luego calculan el porcentaje real de la misma. En resumidas cuentas, que el porcentaje no tiene por qué ser el mismo que el de tu vecino de al lado que cobraba más o menos lo mismo, ni el mismo que el del mes pasado, ya que depende de factores como que te hayan pagado un atraso, etc.

Se me había olvidado, esto quiere decir que un mes te podrían retener el 10,35% (siguiendo con el ejemplo anterior), el mes siguiente el 10,38%, y el siguiente el 11,43% porque, por ejemplo, te pagaron la extra.

si tengo una reduccion de jornada de un tercio de la jornada, como me pagaran los 400 euros de zapatero, gracias por vuestra ayuda.

Hola JELEM:
El pago de los 400 euros es independiente del tipo de contrato que tengas o de si tienes o no reducción de jornada.

Lo único que debes mirar es si sumando las retenciones de Enero hasta Junio el importe sería superior a 200 Euros. En este caso, ¡enhorabuena! te devuelven los susodichos 200 Euros en Junio.

Y después, si te retienen más de estos 200 restantes / 6 meses = 33,33 Euros al mes, entonces en las siguientes nóminas te irán devolviendo estos 33,33 Euros cada mes (es decir, tu nómina será más alta).

Si esto no ocurre… pues hasta donde llegue la retención (es decir, te retendrían 0 Euros para hacienda)

Espero haberte ayudado

@pepe: perfectamente explicado. no podría haberlo hecho mejor (me pillaste justo escribiendo, :)).

@jelem: suerte. no creo que con una reducción de un tercio te quedes sin “el cheque”. ya nos contarás…

Un jubilado con pension bruta de 900 euros tiene una retención para Hacienda del 2% (18 euros al mes y 252 euros al año). En Junio le pagarán 36 euros o 126 que es total retenido hasta ese momento y el resto 216 o 126 como se lo deduciran prorrateando en las 6 nóminas que faltan.

Hola, estoy leiendo todos los comentarios pero no me ha quedado claro… Hasta el mes de mayo estube trabajando en una empresa durante 8 meses y me retenían un 10 de IRPF, hace un mes que he cambiado dde trabajo y desde junio hasta diciembre no tengo que pagar IRPF por que no llego al mínimo… Eso puede ser así? y… por haber cambiado de trabajo en mayo no me pertocan los 400 euros? Necesito ayuda! GRaCiAs!!!

@ruth: deberías comentarlo en tu empresa actual pues, puede que no tengas que renetern IRPF si ellos tienen en cuenta exclusivamente ese contrato. pero probablemente juntando lo que has ingresado en el contrato anterior y lo que ingresarás con este sí te toque declarar algo por el actual.

los de personal deben saberlo. y en ese caso, te irían compensando los famosos 400€. mucha suerte!

Hola, tengo una nómina de 839 €, y me descuentan un 3% del IRPF.

Mi pregunta es ¿me tienen que dar los 200€ en es esta nómina de Junio o lo que me descuentan del IRPF no llega para devolver esa cantidad?

Un saludo

cuál es tu salario bruto? según mis cuentas, no te llegan a descontar 33 euros al mes (me salen 26 euros), con lo que no llegarías a dar a hacienda 400 euros al año. si no se los debes, no te los pueden devolver. te devolverán lo máximo que les tendrías que dar, hasta llegar a los 400.

pero mis cuentas, a lo loco, salen que te darán 155 euros en esta nómina.

ya contarás…

Hola Ruth

A ver si entiendo tu caso:
Hasta mayo estabas trabajando en una empresa y te retenían el 10.
Desde mayo estás en otra (entiendo que cobrando lo mismo o más), y no te retienen.
Lo único que se me ocurre que suceda es que esta segunda empresa haga el cálculo de lo que vas a cobrar en bruto este año solamente por lo que ellos te van a pagar (7 meses * x al mes), y yendo a las tablas, estés por debajo del umbral de retención. Por eso te ponen 0 de retención.

Para que el susto no te llege en la declaración de hacienda, deberías solicitarles que te retuviesen en función de estas tablas (eso si quieres, no estás obligada, pero Hacienda vendría a recordarte que le debes una pasta en la próxima declaración).

En cuanto a los 400… Por la parte de los 200 primeros, cuando estabas en la anterior empresa, no se si esta está obligada a devolverte algo que no te han pagado, así que… a pelearlo con ellos.
Y por la parte de los otros 200 (de Julio a Diciembre), si no te retienen, no te pueden devolver nada.

Espero no haberte liado más.

Hola, en mi empresa me han dado a elegir:
O cobras por un bruto pactado o cobras por un neto pactado…no entiendo muy bien, pero para respetarme el importe neto que cobro ahora, pretenden bajarme el bruto, dejarme las retenciones a cero, y pagarme el mismo neto. La otra opción es que yo quiera cobrar en bruto, y que yo asuma los cambios de retenciones que pueda establecer la ley.
No sé si me explico, a mi me parece que quieren quedarse con los 400 €, pero tampoco entiendo muy bien cómo va. Me podéis ayudar

#sandra: pues sí, tiene toda la pinta de que quieren quedarse con los 400€. quieren aprovecharse de que acordasteis un neto concreto y, en base a eso, no aplicarte ese beneficio puntual que no pagan ellos sino que deberían pagarte a ti en vez de al Estado. van a ganar dinero con el asunto, vamos. deberías decirles que, aún respetando el acuerdo al que llegasteis, a mayores debrían darte ese dinero, pues te pertenece.

No se en tu caso, pero la generalidad pacta siempre un bruto (Cuando te dicen X euros al año, siempre son brutos, porque parece mucho más de lo que realmente cobras al final).
Efectivamente, elige el bruto, que el dinero de los 400 Euros es tuyo, no de ellos. Es decir, que la devolución es de lo que te habían retenido a ti, no a la empresa.

Hola perdona pero sigo algo despistado con esto de los famosos 400€.Mi sueldo es de 1.121,83€ bruto y me descuentan el 7% ¿cuanto me tendrían que venir en nomina?
Gracias

buf, cristobal, eso a estas alturas ya depende, por ejemplo, de lo que te hayan pagado en junio del famoso “cheque” y de si lo que cobras es a 12 o a más pagas…

si te descuentan el 7%, en junio supongo que te habrán dado 78 euros. entonces, para el resto de los meses de este año, deberían darte 53 euros (y algunos céntimos…) cada mes. para así completar los 400 euros.

pero si tal pregúntalo en la empresa. porque a lo mejor te pagan ahora menos y te dan más en los últimos meses… pueden hacer un poco lo que quieran. el asunto es que al final cobres los 400.

saludos!

Perdona se me olvido decirte que mi empresa tiene problemas económicos y aun no hemos cobrado el mes de junio cobramos con dos meses de atraso y es ahora cuando cobraremos junio es un acuerdo que hemos quedado los trabajadores con el dueño de la empresa. Perdón por no haberlo explicado antes a sido un despiste por mi parte.
Saludos.

Hola Cristobal:
Según lo que he podido leer, te retienen de Enero a Junio 78,52 Euros al mes, que hacen en total 471 euros en esos 6 meses.
Por tanto, en la nómina de Julio te deberían devolver 200 de esos 471 euros retenidos por Hacienda (y esto me parece importante, el empresario no tiene que pagarte más, sino que es hacienda la que va a cobrar menos).
A partir de ese momento, en las siguientes nóminas, te deberían retener 33,33 euros menos, que es lo que te subiría el neto de tu nómina.

Espero haberte ayudado.

Salu2

Ahora soy yo el que tiene la pregunta, que todavía nadie me ha conseguido explicar (igual no he preguntado donde debía).
¿Alguien sabe si en la declaración de la renta de 2008 se va tener en cuenta esta deducción? ¿O solamente es un adelanto de dinero que en dicha declaración debes devolver?

Salu2

hola pepe,
respecto a las indicaciones que ofreces a Cristobal… si no me equivoco, los 200 euros no se saca de lo “aportado en los meses anteriores”. es decir, si en junio tendría que pagar a hacienda 78 euros, en esa nómina no van a devolverle más de 78 euros. lo que harán será darle más de 33 euros el resto de los meses para que, a final de año, haya cobrado los 400.

sobre lo de hacienda, entiendo que es una deducción más, como la de la hipoteca o tener una cuenta vivienda. no habrá que devolverlo, vamos. sólo faltaba…

En nuestra empresa se ha hecho tal y como he comentado.
En la nómina de Julio devolvieron los 200 Euros, y luego (ya veremos), se irán devolviendo estos 33 Euros para cada uno.
Si no, se produciría un efecto perverso si, por ejemplo (y Dios no lo quiera), la gente se fuese al paro, por ejemplo, en Septiembre, ya que no hubiese podido deducirse de la parte proporcional de los 400 euros en esos 9 meses.
Además, así lo tienes reflejado en el artículo de arriba (Se cobran 200€ en la nómina de junio y los otros 200€ repartidos en las otras seis nóminas hasta final de año).
Salu2

pepe, ¿es posible que en vuestra empresa lo hayán hecho así porque a todos os deducen habitualmente más de 200€ al mes? si no, si que me rompes los esquemas, :)

muchas gracias por participar!

No, incluso a los becarios, a los que se les retenía un 2%, se les devolvió la cantidad retenida íntegra durante los meses que estuvieron trabajando (hasta el total retenido). Es decir, si a alguien el montante retenido en los 6 primeros meses era de 80 Euros, se les devolvían esos 80 Euros, y luego bajaban la retención hasta 0% el resto de los meses.
Salu2

ah, entonces me callo, :). está claro que al final cada empresa se habrá buscado su sistema. el asunto está en que a final de año no se hayan quedado ellos con el dinero…

saludos!

Hola! Mi pregunta es. Soy fija y tengo una nómina de 800 euros netos. Me retienen un 5% (45.29 euros) El mes de junio vi incrementada mi nómina, siendo el total es: 845,29 euros. Al mes siguiente, volví a cobrar lo mismo de siempre, es decir, 800 euros. Pero a diferencia de otros meses, noté que en mi nómina tengo un plus de 158 euros fijo Y en la de julio ese plus bajó a 108 euros y no se me aplica ningún tipo de IRPF. No entiendo muy bien el por que. Si supuestamente, he dejado de pagar IRPF, mi nómina no tendria que ser más alta? He pensado que quizás, me han variado el bruto, para cuadrar la nómina a 800 euros y no poder reclamar nada. Es esto legal? Se está haciendo lo correcto? Si ya no me descuentan nada de IRPF, lo normal no sería que mi nómina fuese algo más elevada y no me hubiesen modificado el bruto para nada?
Gracias,
Un saludo.

teresa: tiene toda la pinta de que estén cuadrando las cuentas para pagarte los 800 euros. lo único que se me ocurre es que en tu negociación laboral el acuerdo al que hubiéseis llegado fuese de “800 euros al mes”, en neto, en vez de en bruto, y se aprovechen de eso para ahorrarselo con lo de los 400 euros. yo de ti lo aclararía con la empresa. saludos y suerte (ya contarás…)

buenos dias
si tengo una cuenta vivienda se supone que en lo que me devolveran en la declaracion de 2008 tendre el limite de lo que me han retenido este año, es decir, descontados los 400 euros, o no tiene nada que ver?

muchas gracias

Buenas tardes,
hoy,después de reclamar en varias ocasiones a mi empresa, me han dicho lo siguiente:
En el mes de Junio nos “devolvieron” los 200 euros, pero el resto de los meses no han hecho nada, hoy me dicen que como es un lío nos busquemos la vida al año que viene en la declaración de la renta y lo regularicemos entonces ¿¿¿eso se puede hacer???

silvia: desgraciadamente sí, cada vez se ven más cosas asi, se lavan las manos y remiten a la declaración del año que viene, donde se supone que lo que no se cobre este año nos lo deducirán.

Hola Silvia.
Seguramente sí que lo hagan, y encima lo achaquen a: “Los sistemas de cálculo de nómina no me permiten descontar porcentajes no enteros”, “Como cada uno debería tener su porcentaje, sería una locura calcularlo para cada uno”, y otras muchas excusas como estas.
Lo mejor es que luego los reclames en la declaración, y a ver qué te dicen.
Si estás trabajando en el País Vasco, la historia es diferente, porque allí no se hace deducción de 400 Euros, sino una rebaja en el porcentaje de la retención.

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